Individuo y Sociedad
En la antigüedad, la relación del individuo con la sociedad no planteaba ningún problema. La familia, grupo, etc era más importantes que el individuo y este debía sacrificarse por la comunidad si era necesario. En esos casos la obediencia y la sumisión regían las relaciones entre el individuo y la sociedad.
Posteriormente en las épocas más recientes la sociedad dejó de estar por encima del individuo, sino que paso a ser controlada por los mismo, donde se impuso el obedecer de las leyes que limitan la libertad humana. Aquí Thomas Hobbes, sostuvo que las personas se reunían en grupos para conseguir mayor seguridad, sacrificando a su vez una parte de su libertad.
Deberes y derechos del Individuo
Los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos. Estos derechos rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones del Estado hacia ellos.
Los derechos se rigen de algunos principios, los cuales son:
Los derechos humanos son inalienables.
Esto significa que no se pueden perder, ya que están relacionados con el hecho mismo de la existencia humana, son inherentes a todos los seres humanos. En determinadas circunstancias algunos, aunque no todos, pueden ser suspendidos o restringidos. Por ejemplo, si alguien es culpable de un delito, su libertad; o en caso de emergencia nacional, el gobierno puede declarar públicamente y apartar algunos derechos, por ejemplo, imponer el toque de queda y restringir la libertad de movimiento.
Los derechos humanos son indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí.
Esto significa que los diferentes derechos humanos están intrínsecamente relacionados y no puede considerarse de forma aislada. Disfrutar de un derecho depende de la posibilidad de tener otros y uno no es más importante que el resto.
Los derechos humanos son universales.
Esto significa que se aplican por igual a todas las personas en todo el mundo y sin límite de tiempo. Toda persona tiene derecho a disfrutar de sus derechos humanos sin distinción de “raza” o de origen étnico, color, sexo, orientación sexual, discapacidad, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, nacimiento o cualquier otra condición social.
Los deberes
Los deberes son los compromisos, obligaciones y mandatos que la sociedad impone en un ámbito específico a las personas, y cuyo cumplimiento reafirma el compromiso ético, legal y moral de los individuos para con el resto. Se complementan en el orden jurídico con los derechos, de modo que al cumplir con sus obligaciones para con el colectivo, las personas obtienen a cambio cierta protección y ciertas libertades.
Los deberes pueden ser de distinto tipo, dependiendo de la naturaleza de la obligación que implican. Así, podemos distinguir entre:
Deberes filiales o familiares. Son aquellos que se desprenden de un vínculo interpersonal, especialmente en lo referido a la familia. Estos deberes vinculan a las distintas generaciones (tal y como, padres e hijos), y forman parte importante de la concepción de la identidad colectiva.
Deberes cívicos o ciudadanos. Son aquellos que se desprenden de la vida comunitaria y el orden nacional, impuestos por cierto sentido del deber patriótico o de la contribución con el funcionamiento de la propia comunidad. Estos deberes pueden o no estar contemplados en la ley, pero tienen que ver con el compromiso moral de la ciudadanía respecto al orden y la convivencia.
Deberes éticos o laborales. Son aquellos que se desprenden del trabajo y el ejercicio profesional, y están sustentados en una consideración ética del oficio. Es decir, el compromiso de las personas a la hora de trabajar los empuja a cumplir con ciertos deberes en cuanto a la manera de hacerlo.
Deberes legales o jurídicos. Son aquellos que se desprenden de las normas jurídicas y la jurisprudencia, o sea, de la ley. Este tipo de deberes son de cumplimiento forzoso y su incumplimiento acarrea normalmente castigos ejemplares, establecidos también en la ley. Se trata, pues, de normas de conducta prescriptivas.
Deberes religiosos. Son aquellos que se desprenden de los códigos religiosos, o sea, espirituales y morales, y que tienen que ver con el vínculo entre las personas y Dios. Su incumplimiento, por lo tanto, no necesariamente acarrea sanciones reales, verificables, pero sí puede ocasionar cierto rechazo social en comunidades muy fervientes. En los países fundamentalistas, los deberes religiosos son también deberes legales.
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